El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha publicado una RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2012 por la que se aprueban los modelos 02 y 03, de información a remitir por los auditores de cuentas ejercientes y sociedades de auditoría, respectivamente. (BOICAC de 29 de junio de 2012).
Ambos modelos, el modelo 02 (para auditores de cuentas ejercientes) y el modelo 03 (para sociedades de auditoría) deberán ser remitidos al ICAC durante el mes de octubre de cada año, y en relación con los doce meses anteriores.
Estos modelos se presentarán mediante la utilización de procedimientos telemáticos elaborados por el ICAC a partir del mes de octubre de 2013.
En cuanto al régimen sancionador, decir que la no remisión de los citados modelos dentro de los plazos establecidos será considerada como una infracción leve, y será grave cuando transcurridos tres meses desde la finalización del plazo establecido no se haya realizado la presentación.