Tipo de retención aplicable a determinados rendimientos del trabajo y a los rendimientos de actividades profesionales R.D. Ley 20/2012
Lo primero que hay que matizar es que se modifica la legislación existente y todas las actividades profesionales quedan sujetas a una retención del 19% del IRPF, además se establece que el tipo reducido que se puede aplicar los primeros años de actividad será del 9%. Ahora bien, como medida transitoria se establece que la retención a aplicar en 2012 y 2013 será del 21%, entrando en vigor esta modificación el 1 de septiembre de 2012.
Este incremento se aplicará tanto a los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación como a los rendimientos de actividades profesionales, por tanto todos aquellos cuyo epígrafe del IAE sea profesional estarán sujetos a este cambio.
CUADRO EXPLICATIVO SOBRE EL TIPO DE RETENCIÓN APLICABLE A DETERMINADOS RENDIMIENTOS DE TRABAJO Y A LOS RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES PROFESIONALES SEGÚN EL R.D LEY 20/2012 PUBLICADO EL 14 DE JULIO DE 2012.
Hasta el 31-08-2012
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Del 1-09-2012 al 31-12-2013
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A partir del 1-01-2014
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Rendimiento de rentas del trabajo por impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas.
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15%
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21%
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19%
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Rendimientos de actividades profesionales
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15%
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21%
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19%
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